domingo, diciembre 17, 2006

El INDAUTOR
Defensor de la Propiedad Intelectual Nacional
Por Guillermo Solís

Lo que empezó como un departamento, y luego como una dirección, termino convirtiéndose en un órgano desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública (SEP) capaz de proteger, promover y difundir el poder creativo de los mexicanos. El Instituto Nacional de Derecho de Autor (INDAUTOR) por disposición del artículo 209 de la ley general de derecho de autor ha mantenido desde 1996 el compromiso de fomentar y resguardar la propiedad intelectual nacional.

“A lo largo de la administración del Presidente Vicente Fox se impulso ampliamente al sector autoral”, explica el Director General del INDAUTOR, Adolfo E. Montoya Jarkín, y añade que México tiene una ley muy avanzada con lo que respecta a la materia de autoría intelectual, y subraya que con gusto el trabajo creativo de los autores mexicanos se ha visto impulsado gracias a la labor diaria del Instituto.

“Nosotros no hemos hecho más que cumplir con lo que establece la ley, y con ese efecto hemos apoyado a los autores, a los interpretes, a los conexos, a los caricaturistas, escultores, creadores de programas de computo; a toda rama que directamente colinda con el derecho de autor, los hemos estimulado actuando de la manera en como nos marca la ley”, señala el funcionario.

Uno de los logros que alcanzó el Instituto en esta administración fue la entrega de la Gran Orden de Honor Nacional al Mérito Autoral, “con el fin de fortalecer la creación artística y cultural, entregando está distinción como reconocimiento a los creadores mexicanos que destacan por una trayectoria artística y por la relevancia de sus obras”. Montoya Jarkín explica que la distinción se creó en cumplimiento a la Ley General de Educación que establece acciones para fortalecer la conciencia individual y colectiva para valorar la cultura universal y la del pueblo mexicano, principalmente en sus tradiciones y en la expresión cultural de sus regiones.

A su vez el Instituto ha perdurado facilitar todos los trámites de registro al grado de que la carta de acto impacto al ciudadano, ayuda a proveer todos los medios para poder registrar una obra, logrando que en tan solo 15 minutos se pueda entregar un registro.

Cabe destacar que el INDAUTOR ha realizado una labor valiosa al digitalizar todos los registros de propiedad intelectual, de tal manera que si alguien desea buscar una obra registrada de 1857 en tres minutos se puede encontrar.

Con respecto a la problemática que se vive en México en el campo de la piratería, el Licenciado Montoya subrayó que el INDAUTOR ha acudido a las campañas de concientización para el efecto de que los autores tengan el conocimiento de que su obra original debe ser registrada y difundida. “Nosotros lo que hemos hecho es exhortar a los autores para que registren su obra y contribuir en la elaboración de campañas, con el presupuesto que tenemos, para tratar de que los usuarios y el publico tengan la conciencia de no adquirir productos piratas. Hemos trabajado junto con la Procuraduría General de la República y todas las Cámaras de las diferentes industrias que hay en México para que todos ellos coadyuven junto con el gobierno al combate de la piratería”.

Montoya Jarkín explica que en México es palpable la promoción de la propiedad intelectual como instrumento para el desarrollo económico, la creación de la riqueza y el fomento a la creatividad. “Se ha comprobado que el producto interno bruto que tiene México en materia de derecho autoral llega hasta el 6%, lo que se convierte en un indicador muy objetivo de lo que significa la industria de la cultura para el país”.

Recientemente Brasil ha promovido el programa “Cultura Libre” que consiste en la libre producción y circulación del conocimiento, al respecto el Director del Instituto comenta:

“La ley establece que el autor tiene un derecho moral y un derecho patrimonial, el derecho patrimonial es la facultad que tiene el autor para explotar su obra y obtener una regalía o compensación de su creatividad. El derecho moral es el derecho que tiene el autor para que permanentemente se le tome en cuenta como creador de la obra, y no se deforme y sea fiel a su intelecto. La ley establece que hay ciertos casos de excepción en que el autor no puede oponerse a que su obra sea divulgada cuando trate de aspectos culturales, educativos, de investigación, de tal manera que esa actividad libre que ya tienen allá en Brasil pues ya se cuenta contemplada en nuestra ley, como un caso de excepción no como un caso general, porque entonces violaría el derecho de los autores para que puedan explotar su obra patrimonial”.

“Nuestro país esta muy avanzado en esta materia porque es el único país que considera que el autor tiene el derecho para explotar su obra durante su vida y 100 años después de su muerte, para que lo exploten sus causahabientes. Las obras después de esos plazos, tienen como finalidad a que pasen al dominio público, así que ya nadie se puede oponer a que usted autor de una obra, después de que la explote y después de que sus causahabiente hicieron los mismo durante este lapso, pueda ser explotada sin ninguna reserva”.

El Director del INDAUTOR Adolfo Montoya Jarkín explica que la meta del Instituto es su descentralización, sin dejar de pertenecer a la SEP; y augura a la próxima administración y a la nueva Secretaria de Educación Pública, Josefina Vázquez Mota, buenos tiempos “porque la señora tiene mucha trayectoria y tiene el interés de que se conserve lo que se ha hecho en el Instituto”, puntualizó.